Reference |
Target |
Related Strategic Goals/Aichi Targets |
M.1. |
Al 2020 se habrá ampliado el sistema de áreas protegidas estatales en un 0.5% de la representatividad ecológica (SICO), en ecosistemas de aguas continentales y terrestres. |
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M.2. |
Al 2020, Costa Rica aumentará la protección de sus ecosistemas marino costero, hasta un 4% de la ZEE, mediante la incorporación de estos en el Sistema de Áreas Silvestres Protegidas y en otros instrumentos de ordenamiento espacial marino. |
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M.3. |
Al 2020, el 70% de las áreas silvestres protegidas estatales cuentan con planes de manejo. |
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M.4. |
Al 2020 el 70% de las áreas silvestres protegidas estatales aplican sistemáticamente la herramienta de efectividad de manejo y ajustan medidas según resultados de la evaluación. |
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M.5. |
Al 2020, se ha aumentado en 0.15 % la conectividad ecológica en el país, mediante la creación de corredores biológicos terrestres y considerando los escenarios climáticos. |
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M.6. |
Al 2025, al menos seis corredores biológicos gestionarán refugios climáticos. |
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M.7. |
Al 2020, el 50% de los corredores biológicos cuentan con un plan estratégico y aplican la herramienta de efectividad de manejo. |
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M.8. |
Al 2018, se cuenta al menos con dos protocolos de monitoreo para determinar conectividad. |
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M.9. |
Al 2020, se habrá recuperado 1,000,000 hectáreas de cobertura boscosa (privilegiando conectividad, refugios climáticos, remanentes naturales, restauración de bosque s secos, entre otros.). |
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M.10. |
Al 2020, se habrán recuperado y restaurado ecosistemas en los territorios indígenas con pertinencia cultural y de género. |
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M.11. |
Al 2020, se mejorará la valoración ponderada de indicadores y puntos de referencia en las primeras tres cuencas prioritarias: Jesús María y Barranca. |
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M.12. |
Al 2020, se habrá aumentado el área de humedales bajo categoría RAMSAR a 589.742 ha. |
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M.13. |
Al 2020, se habrá elaborado siete planes de gestión local en Sitios RAMSAR. |
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M.14. |
Al 2020, se recuperarán los manglares dos puntos por encima de la cobertura determinada para este ecosistema (725 ha). |
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M.15. |
Aumenta el porcentaje de cobertura de arrecifes de coral bajo procesos de restauración y protección. |
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M.16. |
Al 2020, contar con el 30% del inventario nacional de acuíferos geo-‐ referenciados y categorizados. |
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M.17. |
Al 2020, se habrá elaborado 15 planes de aprovechamiento sostenible de acuíferos. |
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M.18. |
Contar con un listado nacional de especies en peligro de extinción y amenazadas actualizado cada cinco años. |
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M.19. |
Se reduce el número de especies de fauna y flora decomisadas (incluyendo productos y subproductos en especial CITES). |
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M.20. |
Determinar la cantidad de sitios que poseen vida silvestre en cautiverio y el estado en que se encuentran, así como colecciones Ex Situ sistematizadas. |
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M.21. |
Se mejora la conciencia pública sobre la ilegalidad y problemática asociada al comercio y tenencia de vida silvestre (vinculado con el tema 5). |
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M.22. |
Ocho iniciativas o proyectos para mejorar la conservación de parientes silvestres de cultivos importantes para la agricultura y alimentación al 2020. |
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M.23. |
Se mejoran las medidas de conservación de especies forestales nativas amenazadas. |
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M.24. |
Al 2020 se apoyarán y establecerán medidas de conservación y producción de semillas (alimentaria y forestal nativa) en pueblos indígenas y comunidades locales con pertinencia cultural y de género sensibles. |
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M.25. |
Al 2020, se contará con una caracterización e identificación geográfica de los principales agroecosistemas. |
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M.26. |
Meta al 2020, contar con una caracterización de la biodiversidad de al menos de tres sistemas productivos (forestal, agrícola, acuicultura y pesca) y en salud (vectores). |
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M.27. |
Al 2018, el país tendrádefinida una lista de especies invasoras prioritarias para desarrollar protocolos y medidas de gestión. |
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M.28. |
Al 2020, se contará con mejor conocimiento y disposiciones técnicas que permitan controlar al menos cinco especies invasoras priorizadas. |
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M.29. |
Al 2020, se fortalecerán las capacidades para evaluar, evitar y prevenir los riesgos de introducción de OVMs (organismos vivos modificados) en su entorno, así como posibles impactos resultado de la biología sintética. |
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M.30. |
Al 2018, se determinarán los métodos de evaluación de impactos acumulativos. |
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M.31. |
Para el 2018, establecer una plataforma digital que permita a la ciudadanía e instituciones públicas realizar sus trámites ante la SETENA en forma estructurada, accesible y en línea; incluyendo datos geoespaciales para actualizar y retroalimentar los mapas temáticos del MINAE. |
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M.32. |
Al 2020, se contará con instrumentos técnicos que permiten evaluar los límites ecológicos, en particular dulce-‐acuícolas y marino costeros. |
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M.33. |
Al 2020, se implementará un instrumento técnico para la evaluación ambiental en planes, autorización de uso y aprovechamiento de recursos naturales, y actividades humanas desarrolladas en zonas costeras y marinas. Este instrumento se desarrollará bajo el enfoque de derechos, género y pertinencia cultural. |
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M.34. |
Disminuir en un 10% el número de incendios forestales fuera de las ASP. |
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M.35. |
Mantener el 90% de los incendios forestales atendidos en el PNE nivel 1. |
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M.36. |
Disminuir en un 5% el número de incendios forestales dentro de las ASP. |
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M.37. |
Incrementar en un 25% el número de kilómetros de obras de mitigación construidas dentro de las ASP. |
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M.38. |
Al 2020, se reflejará una tendencia a la reducción del consumo neto de agroquímicos en el país, a partir de la implementación de prácticas sostenibles. |
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M.39. |
Al 2020, se atenderán y resolverán al menos el 90% de los casos de denuncias por procesos de erosión. |
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M.40. |
Al 2020, existirá una programación y monitoreo de desembalses a nivel nacional. |
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M.41. |
Al 2020, disminuir al 50% el número de denuncias ambientales relativas a desviaciones ilegales de cuerpos de agua. |
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M.42. |
Al 2018, se contará con un sistema que publica imágenes de pérdida y ganancia de cobertura forestal y usos de la tierra desde el año 2017 en adelante. |
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M.43. |
Al 2020, se conocerán las poblaciones de base de especies prioritarias. |
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M.44. |
Al 2020, las poblaciones de los recursos hidrobiológicos se gestionarán sosteniblemente aplicando el enfoque basado en ecosistemas. |
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M.45. |
Al 2020, se fortalecerán y articularán esfuerzos para el monitoreo de las denuncias y resoluciones vinculadas con temas de biodiversidad. |
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M.46. |
Al 2020, se fortalecerán las capacidades de los procesos de planificación para la protección, prevención y control de impactos dentro y fuera de las áreas silvestres protegidas bajo la administración o tutela del SINAC. |
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M.47. |
Al 2020, se contará con 12 nuevos grupos organizados que coadyuvarán de manera oficial en las labores de prevención, protección y control ejecutadas por el SINAC. |
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M.48. |
Al 2018, se habrá adquirido 800 hectáreas dentro de parques nacionales y reservas biológicas. |
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M.49. |
Al 2020, se contarácon un mecanismo financiero para la adquisición de tierras de propiedad privada ubicadas en PN y RB pendientes de adquirir por el Estado. |
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M.50. |
Al 2020, se oficializará la delimitación de la línea base del litoral y las diferentes zonas marítimas de todo el territorio marino del país, contemplando escenarios climáticos. |
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M.51. |
Al 2018, se hará oficial la metodología de elaboración de planes reguladores que incorporará el enfoque y riesgos climáticos, basado en el enfoque de derechos, género y con pertinencia cultural. |
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M.52. |
Al 2018, se contará con herramientas para integrar el enfoque por ecosistemas en los planes de desarrollo rural, contemplando la vulnerabilidad al cambio climático y las medidas de adaptación y mitigación respectivas, basado en el enfoque de derechos, género y con pertinencia cultural. |
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M.53. |
Al 2020, se elaborarán planes de ordenamiento pesquero bajo el enfoque de derechos, género y con pertinencia cultural. |
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M.54. |
Al 2020, se implementará el Plan Nacional Interinstitucional para el Ordenamiento de Actividad Turística y Deportiva Marina. |
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M.55. |
Generar información científica (ambiental-‐ social-‐económica) del territorio marino, considerando los indicadores biológicos, oceanográficos y fenómenos ambientales y de cambio climático. |
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M.56. |
Al 2020, se contarácon metodología validada para la integración del enfoque por ecosistemas o enfoque ecosistémico al menos en los sectores productivos de agricultura, forestal, energía, agua y ordenamiento territorial. |
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M.57. |
Aumenta el porcentaje de producción bajo prácticas productivas sostenibles. |
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M.58. |
Al 2018, se habrá aumentado el servicio de extensión en agricultura orgánica en 2,150 hectáreas más que en el 2014. |
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M.59 |
Al 2020, se promoverán incentivos para las prácticas de producción indígenas (agroforestal) que promuevan la conservación y uso sostenible y la seguridad alimentaria. |
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M.60. |
Aumentar la implementación de prácticas productivas sostenibles en pesca y acuicultura. |
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M.61. |
Al 2020, 20 comunidades distribuidas en las zonas costeras del territorio nacional aplicarán directrices para mejorar la sostenibilidad de los recursos pesqueros y su calidad de vida. |
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M.62. |
Al 2020, aumentará el número de empresas turísticas con certificados de sostenibilidad turística CST. |
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M.63. |
Al 2020, se contará con 40 grupos comunitarios indígenas (al menos dos experiencias por cada uno de los territorios indígenas donde hay potencialidad -‐ aproximadamente 20-‐) con incentivos para el desarrollo de la actividad turística sostenible. |
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M.64. |
Aumenta la implementación de prácticas de manejo forestal sostenible, incluyendo conocimiento tradicional para la recuperación de bosques. |
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M.65. |
Al 2018, se contará con Sistema que permita el análisis para la identificación de incentivos económicos y no económicos sobre la biodiversidad (positivos y negativos). |
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M.66. |
Al 2020, se mantendrán al menos 300,000 has anuales de bosque y plantaciones sometidas al PPSA en el territorio continental. |
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M.67. |
Al 2020, aumenta el número de pequeños beneficiarios (comunidades locales, pueblos indígenas, pequeños productores) de incentivos existentes o nuevos. |
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M.68. |
En el 2018, iniciará la ejecución del Programa Nacional de Educación para la Vida (cultura para la conservación, uso sostenible y distribución justa y equitativa de los beneficios de la biodiversidad). |
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M.69. |
Al 2025, los costarricenses serán conscientes de los valores de la biodiversidad y las medidas que se requieren para conservar y usarla sosteniblemente. |
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M.70. |
Al 2020, al menos 74 escuelas (3 escuelas por cada uno de los 24 territorios indígenas) estarán implementando pensum mejorado en biodiversidad dentro de su educación formal. |
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M.71. |
Al 2020, Costa Rica reconocerá diferentes formas de gobernanza en áreas silvestres protegidas y tendrá al menos 10% de estas con mecanismos efectivos de gobernanza distintos al gubernamental. |
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M.72. |
Al 2020, se reconocerán áreas de cuido, uso y manejo de la biodiversidad bajo modelos de gobernanza de pueblos indígenas. |
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M.73. |
Al 2020, actualizarán y establecerán los planes de manejo y protocolos comunitarios de ASP que contemplan los usos culturales de los pueblos indígenas. |
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M.74. |
Al 2020, se crearán dos áreas Marinas de pesca responsable adicionales. |
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M.75. |
Al 2020 se publicará 220 reservas privadas afiliadas. |
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M.76. |
Al 2020, publicará al menos un decreto ejecutivo mejorado y actualizado. |
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M.77. |
Al 2020, se contará con un decreto ejecutivo elaborado. |
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M.78. |
Al 2020, se contará con un mecanismo participativo y de consulta elaborado. |
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M.79. |
Al 2020, se habrá elaborado 30 proyectos piloto de adaptación basados en comunidades. |
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M.80. |
Al 2020, se sistematizarán prácticas de los pueblos indígenas y comunidades locales que permitan fortalecer su capacidad adaptativa frente al cambio climático. |
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M.81. |
Al 2020, se atenderán 12 SICO marinos y se contará con estudios técnicos solicitados por la Ley de Biodiversidad. |
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M.82. |
Al 2018, aumenta el número de comunidades bajo algún modelo de gobernanza para la protección y manejo de las áreas marinas y la pesca responsable. |
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M.83. |
Al 2017 se establecerá una plataforma de trabajo entre instancias nacionales involucradas en la gestión de la información sobre la biodiversidad. |
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M.84. |
Al 2020, se contarácon un inventario de humedales y evaluación de su estado articulados en una plataforma. |
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M.85. |
Desarrollar un registro nacional único de especies que se actualice al menos anualmente. |
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M.86. |
Completar el registro de colecciones sistematizadas (ex situ e in situ). |
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M.87. |
Al 2018, se contará al menos con un nuevo mecanismo de sistematización del conocimiento establecido y articulado con los existentes (SINAC, CONAGEBIO yProducción Sostenible-‐ MAG). |
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M.88. |
Al 2020 , se contará al menos con una sistematización de buenas prácticas sobre el conocimiento indígena para la conservación y uso sostenible en biodiversidad por cada uno de los ocho pueblos indígenas. |
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M.89. |
Al 2018, se contará al menos con un protocolo de monitoreo definido por taxón/especie. |
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M.90. |
Al 2020, se determinarán especies y condiciones que permitan la propagación de corales para su restauración. |
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M.91. |
Al 2020, se aumentará al 1.6 % la inversión nacional en conservación y uso sostenible de la biodiversidad. |
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M.92. |
Al 2017, se contará con cuatro funcionarios más en CONAGEBIO para seguimiento de ENB2. |
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M.93. |
450 plazas de funcionarios del SINAC ejecutarán labores de prevención, protección y control de la biodiversidad y de los recursos naturales incorporadas al presupuesto ordinario. |
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M.94. |
Al 2020 se aumenta la alianza de voluntarios bajo cada Institución, Programa y Proyecto vinculado a la ENB2 (donde es pertinente). |
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M.95. |
El IGI de cada institución (CONAGEBIO, SINAC y MINAE) subirá al menos cinco puestos y aumentará 10 puntos al 2020. |
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M.96. |
Un mecanismo de coordinación interinstitucional funcionando a partir del año 2017. |
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M.97. |
Al menos cuatro instituciones (CONAGEBIO, SINAC, FONAFIFO) + SETENA, ASAMBLEA, MAG, CASA PRESIDENCIAL, CN AMBIENTAL, MINAE, INDER, DINADECO, Asociaciones de Desarrollo, Municipalidades, INCOPESCA, ICT, ONF, ACADEMIA y ONG armonizan sus procedimientos y normativas para mejorar la efectividad de la prestación de servicios al 2020. |
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M.98. |
Al menos cuatro procedimientos y/o normativas formuladas, revisadas y/o armonizadas para mejorar la efectividad institucional en la prestación de servicios, al 2020. |
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